El seguro de hogar para los pisos de alquiler es un tema que suele generar muchas dudas y que puede llegar a ser un punto de discordia entre los inquilinos y el propietario de la vivienda. Por eso, en este artículo queremos dar respuesta a todas las dudas que pueden surgir en todo lo relacionado con el seguro de hogar.

¿Es obligatorio el seguro de hogar en arrendamientos?

Una de las preguntas que más se hace es si es obligatorio o no contratar un seguro de hogar para la vivienda de alquiler y la respuesta es que no, no lo es. Aun así, se puede dar la posibilidad de que alguna de las partes o las dos, estén de acuerdo en querer contratarlo para proteger el piso del que son dueños o en el que van a vivir como inquilinos.

El contrato de alquiler es el lugar donde pueden aparecer los puntos referentes al seguro, por lo tanto es recomendable que se incluyan cláusulas sobre ello.

Información sobre el seguro de hogar en los pisos de alquiler

Si revisamos la legislación actual, la Ley de Arrendamientos Urbanos nos dice que es el arrendador el que se encarga de llevar a cabo las reparaciones que sean necesarias para que la vivienda se encuentre siempre en las mejores condiciones para vivir en ella.

Teniendo en cuenta lo anterior, podemos decir que contratar un seguro del hogar es algo que debe realizar el dueño del inmueble, ya no sólo por ley, sino porque es la persona a la que más le interesa que el piso esté siempre en perfectas condiciones.

A la hora de contratar el seguro del hogar hay diferentes modalidades que cubren el continente, el contenido y la responsabilidad civil, y aquí es donde pueden surgir dudas. A modo de resumen, a continuación indicamos a quién corresponde la contratación del seguro de hogar dependiendo del tipo de seguro que se lleve a cabo:

– El seguro de hogar para el continente, que cubre la estructura y la construcción del inmueble, correría a cargo del dueño.

– El seguro del contenido de la vivienda puede resultar útil para ambas partes. En el caso de alquilar el piso amueblado, el propietario estaría interesado en cubrirlo, pero debería avisar a la aseguradora de que la persona que va a vivir en el piso no es el dueño. Por otro lado, al inquilino le interesa asegurar sus bienes y los daños que puedan sufrir en el caso de que algo ocurra.

– Si nos centramos en la Responsabilidad Civil de la vivienda incluida en el seguro, las dos partes estarán interesadas en contratarla. Para el propietario, es una manera de estar protegido ante posibles daños que se puedan causar a terceros, como una rotura de tuberías. En ese caso, el tomador del seguro se protege y no tiene que hacer frente a los gastos que se puedan ocasionar.

Contratar una póliza de Responsabilidad Civil en el caso del inquilino le ayudará a hacer frente a los daños que pueda causar a terceros. Aunque estos daños están cubiertos dentro del seguro de hogar, los que se ocasionen por una acción suya no lo estarán, por eso es recomendable tenerlos cubiertos.

Si ocurre algún daño a terceros y el inquilino no tiene un seguro de Responsabilidad Civil, será la póliza del propietario de la vivienda la que tenga que hacer frente a los gastos, aunque luego podrá reclamarlos a la persona que vive en el piso.

¿Cuáles son las principales coberturas de un seguro de hogar?

La vivienda está expuesta a muchos riesgos, tanto el continente como el contenido de su interior, pero sin duda la Responsabilidad Civil es uno de los riesgos más importantes. Contar con un seguro que cubra la Responsabilidad Civil es imprescindible para poder estar protegidos ante daños que se puedan ocasionar a terceros desde nuestra vivienda.

Tanto el dueño como el inquilino pueden ser responsables de estos acontecimientos que pueden afectar al continente y al contenido. Atendiendo a esto último, podemos decir que una de las principales funciones del seguro de hogar es cubrir los daños que se puedan dar en otra vivienda, como una fuga de agua que afecte al vecino de abajo.